Dirección General de Ingresos
Dirección de Asistencia al Contribuyente
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3. INSCRIPCIONES, MODIFICACIONES, CIERRES
3.5. Cierre Fiscal
3.5.2. Requisitos Régimen General
PREGUNTA # 1 Baja por Liquidación de Sociedad
¿Cuáles son los requisitos para dar de baja por liquidación a personas jurídicas? |
1. Carta de solicitud de baja definitiva de la actividad económica, en la que expone los fundamentos que sustenta dicha solicitud, dirigida al Administrador de Renta, en original y copia; 2.Llenar el formulario de solicitud de baja del Contribuyente; 3. Estar solventes con sus obligaciones; 4. Declaración del IR Anual; 5. Declaración del IVA sobre los bienes gravables y exentos que tenga en existencia a precio de costo (sobre el Inventario Final); 6. Devolución de la Cédula Ruc en original; 7. Presentar copia de última factura utilizada y juegos de facturas sin utilizar (contado y crédito); 8.Certificado de cancelación de personería jurídica emitida por: a. El Registro Público Mercantil (para Sociedades) b. El Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación (Personas jurídicas sin fines de lucro). c. El INFOCOOP (Cooperativas) 9. Estados Financieros actualizados y Escritura de liquidación de sociedad debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil (en caso de disolución); 10. Libros contables actualizados para el correspondiente autorizado de cierre; 11. Si es una tercera persona quien hace el trámite, deberá presentar original y copia del Poder Especial de Representación y fotocopia de su cedula. |
Base Legal: Disposición Técnica 013-2003 |
PREGUNTA # 2 Baja por Quiebra de Sociedad
¿Cuáles son los requisitos para baja por quiebra para personas jurídicas? |
1. Carta de solicitud de baja definitiva de actividad, exponiendo los motivos de la baja, dirigida al Administrador de Renta en original y copia; 2.Llenar el formulario de solicitud de baja del Contribuyente; 3. Estar solventes con sus obligaciones; 4. Declaración del IR Anual; 5. Declaración del IVA sobre los bienes gravables y exentos que tenga en existencia a precio de costo (sobre el Inventario Final); 6. Entregar en original Cédula Ruc; 7. Presentar copia de última factura emitida y juegos de facturas sin utilizar (contado y crédito); 8.Certificado de cancelación de personería jurídica emitida por el Registro Público Mercantil (para Sociedades); 9.Estados Financieros y Sentencia o Resolución Judicial (emitido por el juzgado competente); 10. Libros contables actualizados para el correspondiente autorizado de cierre; 11. Si es una tercera persona quien hace el trámite, deberá presentar original y copia del Poder Especial de Representación y fotocopia de su cedula. 12. Cierre en la Alcaldía Correspondiente. |
Base Legal: Disposición Técnica 013-2003 |
PREGUNTA # 3 Baja por Fusión de Sociedades
¿Cuáles son los requisitos para baja por fusión para personas jurídicas? |
1. Carta de solicitud de baja definitiva de actividad, exponiendo los motivos de la baja, dirigida al Administrador de Renta en original y copia; 2. Llenar el formulario de solicitud de baja del Contribuyente; 3. Estar solventes con sus obligaciones; 4. Declaración del IR del Anual; 5. Inventario final de mercadería; 6. Entregar en original Cédula Ruc; 7. Presentar fotocopia de última factura emitida y juegos de facturas sin utilizar (contado y crédito); 8. Certificado de cancelación de Personería Jurídica emitida por el Registro Público Mercantil; 9. Libros contables actualizados para el correspondiente autorizado de cierre; 10. Si es una tercera persona quien hace el trámite, deberá presentar original y copia del Poder Especial de Representación y fotocopia de su cedula; 11. Escritura de fusión de sociedad debidamente inscrita en el Registro Público Mercantil; 12. Cierre en la Alcaldía correspondiente |
Base Legal: Disposición Técnica 013-2003 |
PREGUNTA # 4 Disolución de Sociedad
¿Cuáles son los requisitos para baja por disolución para personas jurídicas? |
1. Carta de solicitud de baja definitiva de actividad, que fundamenten la solicitud, que deberá estar dirigida al Administrador de Renta en original y copia; 2. Llenar el formulario de solicitud de baja del Contribuyente; 3. Estar solventes con sus obligaciones; 4. Declaración del IR Anual; 5. Declaración del IVA sobre los bienes gravables y exentos que tenga en existencia a precio de costo (sobre Inventario final); 6. Entregar en originales Cédula Ruc; 7. Presentar fotocopia de última factura emitida y juegos de facturas sin utilizar (contado y crédito); 8. Certificado de cancelación de personería jurídica emitida por el Registro Público Mercantil; 9. Libros contables actualizados para el correspondiente autorizado de cierre; 10. Si es una tercera persona, quien hace el trámite, deberá presentar original y copia del Poder Especial de Representación y fotocopia de su cedula; 11. Escritura de Disolución de sociedad debidamente inscrita en el Registro Público Mercantil; 12. Cierre en la Alcaldía correspondiente. |
Base Legal: Disposición Técnica 013-2003 |
PREGUNTA # 5 Cierre de responsable recaudador de ISC
¿Qué requisitos debo cumplir para cerrar operaciones como responsable de ISC? |
El responsable recaudador de ISC debe proceder con: 1. Notificar por escrito a la Administración tributaria el cierre de las operaciones afectas con ISC; 2. Cumplir con los requisitos de cierre de operaciones que establezca la Administración Tributaria, a través de disposiciones administrativas de carácter general. 3. Liquidar, declarar y enterar el ISC correspondiente sobre los bienes gravados que tenga en existencia, a precio de costo o de mercado, el más bajo; |
Base Legal: art. 184 de la LCT; Disposición Técnica 013-2003 |
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