Delitos Tributarios

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2. CODIGO TRIBUTARIO

 

2.6. Delitos Tributarios.

 

PREGUNTA # 1 Defraudación Tributaria

 

¿Quiénes comenten delitos por defraudación tributaria?

 

Al tenor de lo establecido, en el artículo 303 de la Ley No. 641 Código Penal de la República de Nicaragua, comente defraudación tributaria quien evada total o parcialmente el pago de una obligación fiscal, cuando:

a) Se beneficie ilegalmente de un estímulo fiscal o reintegro de impuestos;
b) Omita el deber de presentar declaración fiscal o suministre información falsa;
c) Oculte total o parcialmente la realidad de su negocio en cuanto a producción de bienes y servicios o montos de ventas;
d) Incumpla el deber de expedir facturas por ventas realizadas o recibos por servicios profesionales prestados; y
e) Omita el pago de impuestos mediante timbre o sellos fiscales en los documentos determinados por la ley.

Cuando el monto de lo defraudado o intentado defraudar exceda del equivalente a veinticinco salarios mínimos del sector industrial, el delito de defraudación fiscal se sancionará con prisión de tres a cinco años y multa equivalente al doble del valor defraudado o intentado defraudar.

Base Legal: art. 303 de la Ley 641, Código Penal de la República de Nicaragua

 

 

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