Dirección General de Ingresos
Dirección de Asistencia al Contribuyente
Consultas más frecuentes
6. IMPUESTOS SOBRE LA RENTA IR
6.2. Rentas de Actividades Económicas
6.2.14. Paraísos Fiscales.
PREGUNTA # 1 Paraísos Fiscales
¿Qué se entiende como Paraísos Fiscales? |
Aquellos territorios donde se tributa IR o impuestos de naturaleza idéntica o análoga, sustancialmente inferior al que se tributa en Nicaragua sobre las actividades económicas y rentas de capital; Se entenderán en todo caso como paraísos fiscales, los Estados o territorios que hayan sido calificados, para el ejercicio fiscal considerado, como jurisdicciones no cooperativas por parte del Foro Global para la Transparencia y el Intercambio de Información Tributaria o el órgano que haga esas veces; |
Base Legal: numerales 1 y 2 del art. 9 de la LCT |
PREGUNTA # 2 Países que forma parte de los Paraísos Fiscales
¿Qué países forman parte de los llamados Paraísos Fiscales? |
Son todos aquellos países que mediante acuerdo ministerial hayan sido declarados como tal, por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. |
Base Legal: numeral 3 del art. 9 de la LCT |
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