Dirección General de Ingresos
Dirección de Asistencia al Contribuyente
Consultas más frecuentes
10. CONSULTAS TRANSITORIAS LEY 822 (LCT)
10.2. Retenciones por Salarios 2012.
PREGUNTA # 1 Procedimiento para liquidar IR salarios a diciembre 31
¿Cómo se va a liquidar el IR de los asalariados correspondiente a los seis meses que van de Julio a Diciembre de 2012 con la nueva Ley de Concertación Tributaria? |
El IR de los asalariados al 31 de diciembre de 2012, será calculado con base a una proyección anual de sus rentas brutas y sus deducciones permitidas. A la renta gravable proyectada, se le aplicará la tarifa progresiva establecida en el numeral 3 del art. 21 de la LEF, ese resultado se dividirá entre 12 y el cociente se multiplicará por el número de meses laborados en el segundo semestre del año 2012, siendo el último resultado el IR de ese semestre. |
Base Legal: Arto. 301 de la LCT. |
PREGUNTA # 2 Retención acumulada de trabajadores
¿Qué pasará con el IR acumulado de cada trabajador al 31 de diciembre? |
Si las retenciones salariales están conforme a lo indicado en el art. 301 de la LCT, dicho saldo no podrá ser devuelto, salvo en los casos de cálculos indebidos. |
Base Legal: Art. 301 de la LCT. |
PREGUNTA # 3 Nuevo techo exento del IR salarios
¿Cuál es el nuevo techo de ingresos exentos por salario no sujetos a retención del IR? |
La base de ingresos exentos del IR para los asalariados paso de C$75,000.00 a C$100,000.00, esto quiere decir que los asalariados que devenguen ingresos menores a los C$8,333.33 mensuales no están sujetos al pago del IR. |
Base Legal: Art. 19 numeral 1 y el art. 23 de la LCT y Arto. 15 numeral 1 del Reglamento. |
PREGUNTA # 4 Nuevo salario mensual sujeto a retención IR
¿Con la nueva Ley a partir de que salario mensual un empleado esta afecto a la retención de salario con la nueva Ley 822? |
Todo asalariado que durante el mes devengue un ingreso neto de C$8,333.33, ya incluida la deducción del INSS y aporte a fondo de ahorro, esta afecto a la retención del IR por rentas del trabajo. |
Base Legal: Art. 11, 19 numeral 1 y 23 de la LCT y Arto. 15 numeral 1 del Reglamento. |
PREGUNTA # 5 Cierre fiscal de asalariado con ingresos variables
En nuestra empresa en el año pasado contratamos a una persona con ingresos variables con un contrato indefinido que inicio en Octubre/2012, ¿que efectos tiene el cierre de año fiscal para este caso? |
Recuerde que si inició reteniendo con la tabla de ingresos por salarios variables no puede haber problemas, ya que el período fiscal comenzaba el 1 de julio. Si durante esos meses ingreso una persona con ingresos variables en meses posteriores a Julio, siempre debe establecer el salario neto y proyectar su ingreso para obtener la expectativa anual, luego calcular el IR que corresponda y dividir entre los meses que faltan para completar el período fiscal. |
Base legal: Art. 25 numeral 3 de la LCT y Arto. 19 numeral 6 del Reglamento. |
PREGUNTA # 6 Fondo de Pensiones
¿Qué es el Fondo de Pensiones? |
Son las prestaciones pagadas por fondos de ahorro y/o pensiones distintos a los de la seguridad social. Estos fondos son los que se perciben una vez cumplidas las condiciones pactadas y avaladas por el MITRAB. |
Base Legal: Numeral 6 del Arto.19 de LCT y Numeral 6 del Arto. 15 del Reglamento. |
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