Dirección General de Ingresos
Dirección de Asistencia al Contribuyente
Consultas más frecuentes
6. IMPUESTOS SOBRE LA RENTA IR
6.4. Retenciones Definitivas.
6.4.4. Transacciones Bursátiles.
PREGUNTA # 1 Régimen Simplificado de Retención Definitiva en Bolsa Agropecuaria
¿Qué me pueden informar sobre el Régimen Simplificado para quienes transamos en Bolsa Agropecuaria? |
De acuerdo a lo establecido en el artículo 263 de la Ley de Concertación Tributaria, es un Régimen creado para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias del impuesto de Retención Definitiva por transacciones que se realicen en Bolsas Agropecuarias |
Base Legal: art. 263 de la LCT |
PREGUNTA # 2 Requisitos para optar a Régimen Simplificado
¿Quiénes pueden optar a éste Régimen Simplificado? |
Estarán comprendidos en éste Régimen, las transacciones efectuadas por los contribuyentes en bolsas agropecuarias con ingreso anual menor o igual a cuarenta millones de córdobas (C$ 40,000,000.00) |
Base Legal: art. 265 de la LCT |
PREGUNTA # 3 Retenciones Definitivas
¿Las Retenciones Definitivas realizadas a las transacciones en bolsa agropecuaria son acreditables? |
Las Retenciones Definitivas de las bolsas agropecuarias, no estarán sujetas a devoluciones, acreditaciones o compensaciones. Estas satisfacen la obligación y pago del impuesto. |
Base Legal: art. 173 del Reglamento de la LCT |
PREGUNTA # 4 Retenciones definitiva que pasan a cuenta
He superado los C$40, 000,000.00 con mis transacciones realizadas en BAGSA, me informan que debo presentar declaración por rentas de actividad económica. ¿Pierdo las retenciones definitivas que me aplicaron? |
En su caso, que ha excedido el monto autorizado, debe considerar que las retenciones definitivas pasan a ser a cuenta y consecuentemente son acreditables en la declaración correspondiente del IR anual. |
Base Legal: art.175 del Reglamento de la LCT |
PREGUNTA # 5 Compra de sacos para uso agrícola en BAGSA
¿Cuál es la retención que debemos aplicar a la compra de 5000 sacos para empacar maíz, adquiridos en BAGSA? |
La retención por la compra de sacos es del 2%. |
Base Legal: numeral 2 del art. 267 de la LCT; numeral 3 del art. 174 del Reglamento |
PREGUNTA # 6 Bienes autorizados a transarse en Bolsa Agropecuaria
¿Cuáles son los bienes autorizados a transarse en Bolsa Agropecuaria? |
De conformidad al artículo 174 del Reglamento de la LCT, son los siguientes: 1.Arroz y leche cruda 2.Bienes agrícolas primarios: semolina, puntilla, payana, caña de azúcar, maíz, harina de maíz, frijol, sorgo, soya, maní y ajonjolí sin procesar, achiote, cacao, canela, plantas ornamentales, miel de abejas, semilla de jícaro, semilla de calabaza, semilla de marañón, chía, linaza, tamarindo, melón, sandía, mandarina, y queso artesanal; y 3.Los demás bienes: alimento para ganado, aves de corral y animales de acuicultura, cualquiera que sea su presentación; agroquímicos, fertilizantes, sacos para uso agrícola, ganado en pie y grasa animal. |
Base Legal: art. 174 del Reglamento de la LCT |
PREGUNTA # 7 Alícuotas de Retención Definitiva en Bolsa Agropecuaria
¿Cuáles son las alícuotas de retención definitiva que aplicamos en las transacciones realizadas en bolsa agropecuaria? |
Las alícuotas son las siguientes: 1.1% para Arroz y leche cruda 2.1.5% para los bienes agrícolas primarios: semolina, puntilla, payana, caña de azúcar, maíz, harina de maíz, frijol, sorgo, soya, maní y ajonjolí sin procesar, achiote, cacao, canela, plantas ornamentales, miel de abejas, semilla de jícaro, semilla de calabaza, semilla de marañón, chía, linaza, tamarindo, melón, sandía, mandarina, y queso artesanal; y 3.2 % para los demás bienes: alimento para ganado, aves de corral y animales de acuicultura, cualquiera que sea su presentación; agroquímicos, fertilizantes, sacos para uso agrícola, ganado en pie y grasa animal. |
Base Legal: numeral 1, 2 y 3 del art. 267 de la LCT |
PREGUNTA # 8 Retención por la compra de arroz en BAGSA
¿Las transacciones por compra de arroz están sujetas a retención definitiva del 1% o 1.5 %? |
De conformidad al numeral 1 del art. 267 de la LCT la retención es del 1 %. |
Base Legal: numeral 1 del art. 267 de la LCT |
PREGUNTA # 9 Compra de sacos
¿Qué retención aplicamos en la compra de sacos para empacar azúcar? |
La retención es del 2%, como toda compra de bienes. |
Base Legal: numeral 2.2 del art. 44 del Reglamento de la LCT |
PREGUNTA # 10 Depuración de Régimen simplificado
¿Qué puede suceder si mis transacciones en Bolsa Agropecuaria superan los C$ 40, 000,000.00? |
La Administración Tributaria revisará y depurará el Régimen Simplificado de Retenciones Definitivas en Bolsas Agropecuarias, de aquellos contribuyentes que perciban ingresos anuales superiores a los cuarenta millones de córdobas para trasladarlos al régimen general, los que deberán tributar el IR de rentas de actividades económicas. |
Base Legal: art. 271 de la LCT |
PREGUNTA # 11 Transacciones a través de bolsas de valores
¿Las transacciones que se den en los puestos de bolsa de valores están gravadas? |
Están exentas |
Base Legal: primer párrafo del art. 279 de la LCT |
PREGUNTA # 12 ¿Quién efectúa la retención definitiva?
La retención definitiva que aplicamos por la venta de títulos valores, es del 0.25, pero ¿Quién debe efectuar la retención? |
Los títulos valores son adquiridos por las Instituciones Financieras. De acuerdo a su consulta, son las Instituciones Financieras quienes adquieren los títulos, son estas instituciones las que deben efectuar la retención. |
Base Legal: primer párrafo del art. 181 del Reglamento de la LCT |
PREGUNTA # 13 Base imponible
¿Cuál es la base imponible sobre la cual se aplicará la retención definitiva (transacciones bursátiles)? |
La base imponible es el valor de la compra del título valor. |
Base Legal: segundo párrafo del art. 181 del Reglamento de la LCT |
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