Dirección General de Ingresos
Dirección de Asistencia al Contribuyente
Consultas más frecuentes
6. IMPUESTOS SOBRE LA RENTA IR
6.2. Rentas de Actividades Económicas
6.2.4. Rentas Gravadas.
PREGUNTA # 1 Ingresos gravados con rentas de actividades económicas
¿Qué grava las rentas de actividades económicas? |
Grava los ingresos devengados o percibidos en dinero o especie por un contribuyente que suministre bienes y servicios, incluyendo las rentas de capital y ganancias y pérdidas de capital, siempre que estas se constituyan o integren como rentas de actividades económicas. |
Base legal: art. 13 de la LCT y art. 11 del Reglamento. |
PREGUNTA # 2 Rentas de actividades económicas
Soy diseñador, ¿Qué me corresponde declarar: rentas del trabajo o rentas de actividades económicas? |
Le corresponde declarar rentas de actividades económicas, porque usted percibe ingresos por la prestación de servicios como diseñador. |
Base legal: párrafo tercero del art. 13 de la LCT |
PREGUNTA # 3 Renta bruta
¿Cómo se constituye la renta bruta? |
Según el artículo 36 de la Ley de Concertación Tributaria la renta bruta se constituye como: El total de ingresos devengados o percibidos durante el periodo fiscal de cualquier fuente nicaragüense proveniente de las rentas de actividades económicas; y El resultado neto positivo de las diferencias cambiarias originadas en activos y pasivos en moneda extranjera, independientemente de si al cierre del periodo fiscal son realizadas o no. |
Base Legal: art. 36 de la LCT |
PREGUNTA # 4 Determinación de la base imponible
Soy contribuyente registrado como persona natural ¿Cómo debo determinar mi base imponible, siendo que mis ingresos no superan los 12 millones? |
La renta neta de los contribuyentes con ingresos brutos menores o iguales a 12 millones de córdoba se determinara como la diferencia entre los ingresos percibidos menos los egresos pagados, o flujo de efectivo, por lo que el valor de los activos adquiridos sujetos a depreciación será de deducción inmediata, conllevando a depreciación total en el momento que ocurra la adquisición. |
Base Legal: art. 35 de la LCT |
PREGUNTA # 5 Renta Neta
¿Cómo determino la base imponible para el IR? soy persona jurídica y mis ingresos superaron los 20 millones al cierre del periodo |
Sera el resultado de deducir de la renta bruta no exenta o renta gravable, el monto de las deducciones autorizas en el art. 39 de la LCT. |
Base Legal: art. 35 y 39 de la LCT |
PREGUNTA # 6 Renta bruta para actividades de compra venta de moneda extranjera
¿Qué conformaría la renta bruta de los contribuyentes dedicados a actividades de compra y venta de moneda extranjera? |
Según el artículo 36 de la Ley de Concertación Tributaria la renta bruta estaría conformada por el resultado positivo de las diferencias cambiarias originadas de activos y pasivos en moneda extranjera. |
Base Legal: art. 36 de la LCT |
PREGUNTA # 7 Instituciones Financieras y rentas de actividades económicas
¿Debemos considerar en su totalidad nuestros ingresos como Rentas de Actividades Económicas o por separado los ingresos afectos a rentas de capital y las ganancias y pérdidas de capital? Somos Institución Financiera. |
Deben integrar en su totalidad los ingresos como rentas de actividades económicas y deben liquidar con la alícuota establecida en el artículo 52 de la LCT. |
Base legal: art. 38 y 52 de la LCT; art. 29 y 39 del Reglamento |
PREGUNTA # 8 Ingresos gravables por exportaciones
Exporto “Maní” y obtengo por ello, una determinada suma de dinero en el exterior, ¿debo reflejar tales ingresos como gravables para el efecto del IR? |
Si se deben declarar los ingresos obtenidos por la exportación ya que son de origen y fuente nicaragüense, derivados de bienes existentes en el país, según lo que se establece en la Ley, además la misma ley contempla el beneficio del 1.5 % por el valor FOB de las exportaciones (Crédito Tributario) para todos los exportadores. Quedan exceptuadas las exportaciones de empresas amparadas bajo los regímenes de zonas francas, de minas y canteras; las exportaciones de madera hasta la primera transformación, las exportaciones sin perfeccionamiento activo, las exportaciones de chatarras y las reexportaciones de bienes previamente importados al país. |
Base legal: art. 3, 4, 5,10, 13,14.1, 30, 31, 273 de la Ley No 822 y art. 5,6,8, 23, 24 del Reglamento |
This help system was created with an evaluation copy of Help & Manual.